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Jubilados del ISSN exigen claridad sobre pagos retroactivos

Jubilados y afiliados del ISSN demandan explicaciones sobre retroactivos, aumentos no aplicados y justicia en sus haberes. Lucha activa en Neuquén.

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Jubilados Autoconvocados de SaludAfiliados del ISSN-Derechos de los pacientes elevaron este lunes, con casi 400 firmas, una nota al Poder Ejecutivo de la Provincia y a las autoridades del Instituto de Seguridad Social de Neuquén por los haberes jubilatorios con  el pago de retroactivo que recibieron este mes.  

Solicitan que especifiquen a qué mes y año corresponde el retroactivo que recibieron con los haberes del mes de marzo. “Queremos saber si se nos pagó o no  la recategorización de la Ley 3373 ( año 2023) y Ley 3374 que se habría ya aplicado a los activos”, señalan en la nota y preguntan:¿Por qué no vemos reflejado el aumento de nivel en nuestros recibos de haberes? 

Además, consultan por el ítem arraigo que cobraron los activos. Quieren saber si “está o no incluido en este retroactivo o debería constar en un ítem aparte y de cuánto es el mismo”. 

Los jubilados autoconvocados de salud y afiliados del ISSN-Derechos de los pacientes se organizan para defender no solo sus derechos como jubilados y jubiladas sino el de todos los usuarios y usuarias de la obra social del Instituto de Seguridad Social del Neuquén. 

En la nota elevada a las autoridades, recuerdan que la Ley 611 en su  art 60 establece que “los haberes  son móviles” y deberían “recibir los incrementos de salario a los 30 días que lo perciben los activos”.  Así como también las resoluciones de la caja jubilatoria de los estatales neuquinos que establece que las “jubilaciones y pensiones móviles, no serán menores del ochenta por ciento (80%) de lo que perciba el trabajador en actividad» y que toda adecuación siempre buscará favorecer a los sectores con menores remuneraciones.
En la nota también afirmaron que: “como jubilados tenemos ‘derechos adquiridos’ por lo que ninguna ley posterior a nuestra jubilación debería perjudicarnos cobrando menos del 80 % de lo que cobra hoy un activo, manteniendo así la movilidad jubilatoria que establece el inciso C del art. 38 de nuestra Constitución y la ley 611 (art. 60)”.

“La provincia de  Neuquén adhirió a la Convención Interamericana sobre la protección de los derechos humanos de las personas mayores y en esta convención se promueve, protege y asegura  los derechos humanos de los adultos mayores. Se reconoce que la persona, a medida que envejece, debe seguir disfrutando de una vida plena, independiente y autónoma, con salud, seguridad, integración y participación activa en las esferas económica, social, cultural y política de sus sociedades”, fundamentan en el pedido de explicaciones los jubilados autoconvocados. 

 

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