El Poder Ejecutivo presentó en la Legislatura un proyecto de ley para crear el “Programa de sostenibilidad habitacional, cuya finalidad es establecer parámetros claros y uniformes de valuación y financiación de las viviendas provistas por el Instituto Provincial de Vivienda y Urbanismo (IPVU) y la Agencia de Desarrollo Urbano Sustentable (ADUS)”.
De 58.000 viviendas entregadas sólo se canceló el 17% y las cuotas mensuales van desde los 150 a los 3.000 pesos.
El proyecto enviado por el Ejecutivo provincial está focalizado en un fin solidario. Las personas que ya recibieron su vivienda deben contribuir con el pago de sus cuotas para que otras familias accedan a la solución habitacional.
El objetivo de este programa es reorientar los recursos destinados al desarrollo de nuevas soluciones habitacionales y estimular su eficiente movilización, compatibilizando procedimientos de recupero financiero en observancia de las leyes nacionales y provinciales de financiación para construcción de viviendas, estableciendo valores y financiaciones acordes a las fluctuaciones de los índices de precios para la construcción de viviendas.
La iniciativa propone crear una “oficina virtual” de este programa, en la que deberán inscribirse todos aquellos ciudadanos que cuenten con un beneficio otorgado por ADUS o IPVU. En esa oficina se podrá gestionar, tramitar, cancelar, regularizar, refinanciar y/o realizar cualquier gestión.
A partir de la entrada en vigencia de la futura ley, el valor de las nuevas viviendas será determinado en pesos, referenciando su equivalente en unidades de valor de vivienda publicado por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) tomando como fecha la de finalización de la obra.
El plazo máximo de financiación para la adquisición de una vivienda o crédito será de 240 cuotas mensuales (20 años). El valor de las mismas se determinará tomando las unidades de valor de vivienda al último día del mes anterior a su liquidación.
La financiación otorgada será determinada en cantidad de unidades de viviendas, estableciendo como monto límite de la cuota mensual el 30% del ingreso familiar del beneficiario de la vivienda.
También se propone la creación del “registro de beneficiarios habitacionales morosos”.
En caso de que se registre la falta de pago de tres cuotas o más consecutivas, o cinco cuotas alternadas de la financiación otorgada se producirá la extinción automática de la misma. Asimismo, quedará sin efecto el valor histórico establecido del inmueble en cuestión, sin necesidad de declaración administrativa o judicial posterior.
En tal caso, la norma prevé que se determine una nueva tasación de la vivienda y establecerá una financiación en pesos, con su equivalente en Valor Unidad de Vivienda (UVIS) publicado por el Banco Central de la República Argentina, o el que en el futuro lo reemplace, debiendo el adjudicatario consentir la tasación y financiación en el plazo que fije la reglamentación.
La ley procura implementar mecanismos operacionales para potenciar y revalorizar el sector de la vivienda como factor vital y prioritario de progreso social y crecimiento económico, reorientar los recursos destinados al sector, fortalecer el concepto de sostenibilidad del desarrollo habitacional y urbano en el largo plazo, e implementar un sistema digital que permita regularizar la situación habitacional de las viviendas y/o créditos ya otorgados.