Francisco Lépore junto a diputados y diputadas de otros bloques propone una ley para controlar el uso y venta de todo tipo de material no ferroso. A raíz de la crisis económica que atraviesa el país, se convirtió en un bien preciado de fácil posibilidad de robo al estar presente en cables y maquinaria, generando un nuevo mercado negro de mercadería ilegal en la región.
La iniciativa crea el “Régimen Preventivo y de Control de Actividades con metales no ferrosos” entendiendo como tales a aquellos metales que no son hierro y sus correspondientes aleaciones, tales como cobre, estaño, plomo, níquel, cobalto, cromo, molibdeno, titanio, tantalio, niobio, tungsteno, cerio, aleaciones de aluminio-cobre, aluminio-manganeso, aluminio-silicio, aluminio-magnesio-silicio, aluminio-zinc, bronces al estaño, bronces al plomo, bronces al aluminio, bronces al silicio, bronces al berilio y latón blando, duro y semiduro.
El articulado establece que todas aquellas personas que realicen actividades comerciales con metales no ferrosos, aun cuando no sea su rama principal, deberán anotarse en el registro denominado “de Actividades Vinculadas a la Comercialización de Metales No Ferrosos y Otros” que crea la propia norma. Se trata de quienes trabajen con metales no ferrosos en establecimientos de venta, reducción y fundición; en fabricación de bienes que incorporen estos materiales; depósitos; chatarrerías; desarmaderos y compraventa ambulante y de toda actividad que incorpore la reglamentación de la ley.
La manipulación de dichos elementos por parte de las personas alcanzadas por la norma implica un procedimiento de registro de tales operaciones en un sistema elaborado a tal fin. Las entidades públicas y privadas que presten servicios en la provincia, exhibirán un catálogo de los metales en cuestión presentes en sus instalaciones.
Además, la iniciativa determina que, en los casos de venta de materiales no ferrosos usados, dentro de los límites reglamentarios, se deberá contar un documento certificado que acredite su procedencia legítima, detallando de manera precisa todos los datos relativos al bien y a la operación a favor de la persona que compre el material.
El Ministerio de Seguridad, que ejercerá la autoridad de aplicación de la ley, podrá fiscalizar y exigir el cumplimiento de la norma así como también secuestrar la mercadería en caso de hallar infracción, al tiempo que dará intervención al Ministerio Público Fiscal por la posible comisión de delito.
La propuesta contempla multas para los distintos casos de infracción. De hecho, prevé multas de hasta 9000 UF –valor de unidad fija- para quienes no se inscriban en el registro y para quienes incumplan el correspondiente registro procedimental de la manipulación de los metales en cuestión. Por su parte, la cartera de seguridad podrá inhabilitar o clausurar tales comercios cuando lo considere “necesario y pertinente”.
Finalmente, la medida crea el Fondo de “Protección Neuquina” como una herramienta de política fiscal y protección en materias de seguridad, el que se constituirá con la recaudación de las multas que genere la aplicación de la ley.
En los fundamentos, el legislador explica que en los últimos años se incrementó notoriamente el índice de hurtos de cables y metales presentes en la vía pública, lo que genera inconvenientes en la prestación de servicios públicos esenciales, tales como la energía eléctrica. En la provincia, la situación se complejiza en la comarca petrolera ya que la maquinaria que se utiliza en la actividad hidrocarburífera está confirmada por muchos de estos metales que se comercializan de manera ilegal.
