Un nuevo proyecto de ley presentado por los diputados Darío Martínez y Darío Peralta de Unión por la Patria propone que el valor de los recursos hidrocarburíferos provinciales no sufran procesos de agregado de valor o no sean parte de la materia prima de procesos industriales dentro del territorio. Al respecto, señalan que no se considerará cumplido el requisito por el mero acondicionamiento para su transporte como materia prima fuera de los límites provinciales.
En el articulado, los legisladores sostienen que la concesión de los yacimientos de hidrocarburos no será a título gratuito, asegurando a la provincia una participación equitativa en su producido mediante convenio que deberá ser aprobado por los dos tercios (2/3) de votos del total de los miembros de la Legislatura.
Asimismo, agregan que se cumplirá la condición de equidad cuando el pago de regalías se calcule con valores iguales o superiores a los de mercado, incluso cuando se trate de compañías concesionarias o productoras que vendan o transfieran ese hidrocarburo a empresas de su propio grupo económico.
En lo que se refiere al cálculo de las regalías gasíferas, destacan que utilizarán valores inferiores a los del mercado, incumpliendo con la condición de equidad exigida por el artículo 97° de la Constitución Provincial, cuando el valor base para el cálculo del pago de las regalías gasíferas sea inferior al precio de referencia que elaborará la autoridad de aplicación.
En este sentido, para el cálculo del precio de referencia, añaden que se considerará a los precios promedio del último trienio del gas producido en la cuenca neuquina vendido al mercado interno y del destinado a exportación, cuando estos precios fueran mayores a los del gas destinado al mercado interno, en ambos casos ponderados por sus respectivos volúmenes.
A la vez, indican que para el cálculo de las regalías petrolíferas se utilizarán valores inferiores a los del mercado, incumpliendo con la condición de equidad exigida por el artículo 97° de la Constitución Provincial, cuando el valor base para el cálculo del pago de las regalías petrolíferas sea inferior al precio de la calidad Brent del día pactado contractualmente para el efectivo pago.