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Fallo judicial a favor de la Cooperativa Calf

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La jueza María Guadalupe Losada se declaró incompetente en el caso de Tecker y Uleri contra CALF, derivando el expediente al fuero contencioso administrativo y estableciendo honorarios de $400.000.

La Justicia de Neuquén emitió un fallo contrario a la postura de Liliana Andrea Tecker y Catalina Uleri en el juicio que tramitan contra la Cooperativa CALF. La jueza en lo Civil, Comercial y de Minería, María Guadalupe Losada, se declaró incompetente para entender sobre el expediente presentado contra el cobro de adicionales en la factura de CALF, y giró las actuaciones al fuero procesal administrativo.

El conflicto surgió cuando CALF y la Municipalidad de Neuquén cuestionaron la competencia de la jueza Losada para conocer el caso, argumentando que la materia en cuestión es de índole administrativa y debe ser regida por el derecho público local. Según CALF, el contrato de concesión con la Municipalidad y los servicios públicos prestados a través de esta concesión son materia administrativa y, por lo tanto, competencia exclusiva del fuero procesal administrativo.

Por su parte, los demandantes, liderados por Tecker y Uleri, solicitaron que la excepción fuese rechazada, argumentando que la cuestión debía ser tratada bajo el derecho del consumidor y no el derecho administrativo, ya que afecta directamente a los usuarios del servicio eléctrico.

“CALF sostuvo que el conflicto debe resolverse mediante la aplicación de normas y principios del derecho público local, ya que se cuestionan elementos esenciales del contrato de concesión y facultades otorgadas a la concesionaria. Además, argumentaron que la Ordenanza 14.645, que se encuentra bajo cuestionamiento, tiene naturaleza administrativa, lo cual fue apoyado por jurisprudencia local”, señalaron desde la cooperativa.

La jueza Losada determinó que la materia en debate es de índole administrativa, ya que el cuestionamiento se centra en la legitimidad y constitucionalidad de una ordenanza municipal que autoriza la facturación de ciertos conceptos dentro del régimen tarifario del servicio público de electricidad. Este planteo, según la jueza, requiere la interpretación de normas del derecho público, lo que desplaza la competencia al fuero procesal administrativo, dándole la razón al planteo realizado por CALF.

En consecuencia, la jueza Losada se inhibió de seguir conociendo y tramitando el presente caso y dispuso su remisión a la Oficina Procesal Administrativa de Neuquén. Además, impuso las costas a los accionantes, Tecker y Uleri, en su condición de vencidos y reguló los honorarios de los abogados intervinientes en un total de $400.000 aproximadamente.

La resolución de la jueza Losada refuerza la importancia de la competencia material en los conflictos que involucran aspectos administrativos y subraya la necesidad de que estos sean tratados en el fuero adecuado, para evitar un dispendio jurisdiccional innecesario.

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