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La justicia falló a favor de ATE y trabajadores estatales neuquinos no pagarán ganancias

Una jueza hizo lugar a una medida cautelar presentada por el secretario general de ATE, Carlos Quintriqueo, considerando que el Gobierno nacional toma atribuciones que le corresponden a la provincia.

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La Justicia de Neuquén decidió este jueves, a través de la jueza María Victoria Bacci del juzgado de Juicios Ejecutivos N°2, que los docentes y empleados estatales de la provincia no deberán pagar el Impuesto a las Ganancias. Esta decisión responde a una presentación judicial realizada por la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) tras la restitución de la cuarta categoría del Impuesto a las Ganancias, incluida en el paquete fiscal aprobado en el Congreso de la Nación.

Según la nueva legislación, que se aprobó junto con la Ley Bases, deben tributar el Impuesto a las Ganancias aquellas personas que perciban ingresos de 1,8 millones de pesos si son solteros, o 2,2 millones de pesos si son casados con hijos.

En su argumentación, la magistrada consideró que «el gobierno local, puntualmente el Poder Legislativo, es quien tiene el conocimiento directo de la situación económica en la región, motivo por el cual debe tener la potestad de sancionar aquellas normas legales que viabilicen el cumplimiento –por parte del Poder Ejecutivo Local– de aquello que la Constitución Provincial manda».

Bacci consideró, en particular, que debe aplicarse «especialmente la ley 3378 hasta tanto recaiga sentencia definitiva» sobre la acción de inconstitucionalidad solicitada por el gremio. Dicha normativa establece que las remuneraciones de los estatales de Neuquén se componen en un 60% de sueldo y en un 40% del concepto de dedicación funcional. «Constituye el reintegro de los gastos de movilidad, viáticos y otras compensaciones análogas que se originan por el desempeño de la función» y no pueden estar alcanzados por el Impuesto a las Ganancias, consideró la jueza sobre el último ítem.

Desde ATE celebraron la noticia y destacaron que, en su fallo, la magistrada indica: “La Ley resulta inconstitucional por violar: a) el reparto de competencias entre el estado federal y las provincias, b) el procedimiento de sanción de las leyes, c) el principio de igualdad tributaria y razonabilidad, d) el principio de progresividad en derechos humanos.»

“Estamos satisfechos con la resolución que ha tomado la jueza”, dijo Quintriqueo en Radio Universidad Calf.

Un día antes de la decisión de la Justicia, el fiscal de Estado de Neuquén, Raúl Gaitán, consideró «inconstitucional» la restauración de la cuarta categoría del Impuesto a las Ganancias para trabajadores estatales, respaldando así el planteo realizado por el gremio. El funcionario remitió un escrito al Juzgado de Juicios Ejecutivos Nº2 de Neuquén, en respuesta al traslado conferido por la Justicia en relación a una acción de amparo. En particular, cuestiona un artículo de la nueva ley por no respetar las normas provinciales que regulan el empleo público.

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