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Paro de 72 horas de ATEN: “Cobrarán el bono quienes estén en las aulas”

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Se endurecen las posturas del gremio docente y la respuesta del gobierno de la provincia. ¿Se vulnera el dercho a huelga?

Luego del aumento salarial por decreto, las y los docentes reafirmaron el paro y las acciones que realizarán martes, miércoles y jueves. Ante esto, el gobierno provincial redobló la presión y anunció que descontará los días de paro y no pagará el bono extraordinario a quienes continúen con las medidas de fuerza.

El Plenario de secretarios y secretarias generales de ATEN, como informamos acá, rechazó el Decreto 245/24 por considerar “que clausura el diálogo y la negociación” y porque “cercena claramente derechos sindicales garantizados tanto en la Constitución Nacional como en la Provincial”. Y ratificaron el paro de 72 hs que resolvieron las asambleas con una serie de acciones que comienzan este lunes con una conferencia de prensa a las 11 horas. El martes, realizarán una marcha provincial en Neuquén, el miércoles harán una concentración y permanencia en Casa de Gobierno y el jueves volverán a debatir en asambleas cómo continuar.

Por su parte, el gobierno también endureció la respuesta al conflicto e intentan reducir al mínimo la repercusión de las medidas del sindicato de las y los docentes. La ministra Soledad Martínez señaló que los dos bonos que dispone el Decreto no los percibirán aquellos agentes que adhieran a los paros que puedan llegar a realizarse a partir de este lunes. “Cobrarán el bono quienes estén en las aulas”, aseveró la ministra. Y afirmó que, además, se descontarán los días de paro.

También descontarán por la misma modalidad la suma no remunerativa y no bonificable correspondiente al concepto de Conectividad Provincial, el cálculo del Fondo Nacional Incentivo Docente (FONID), a partir de abril.

Estas medidas anunciadas por el gobierno de la provincia como respuesta al paro de 72 horas anunciado por ATEN a pesar del Decreto que actualiza el salario, ¿ataca el derecho a huelga? La Constitución Provincial garantiza en su artículo 39° «el derecho a la huelga como medio de defensa de los derechos de los trabajadores y de las garantías sociales». Y dice que «los trabajadores no podrán ser perseguidos ni arrestados por sus actividades sindicales, las que serán reguladas por el fuero laboral a legislar».

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